El Supremo avala acuerdos individuales de teletrabajo entre la empresa y cada trabajador

16 de enero de 2026

El Tribunal estima que "no resulta exigible que los acuerdos de teletrabajo y sus condiciones deban ser objeto de negociación colectiva"

El Tribunal Supremo ha rechazado que la implantación de un sistema voluntario de teletrabajo basado en acuerdos individuales vulnere la libertad sindical o el derecho a la negociación colectiva.


En una sentencia fechada el pasado 11 de noviembre, la sala de lo social desestima un recurso de casación presentado por el sindicato Alternativa Sindical de Clase (ASC) contra un fallo de mayo de 2024 de la Audiencia Nacional.


El sindicato había planteado una demanda de conflicto colectivo por vulneración de la libertad sindical después de que la empresa de servicios digitales Ayesa decidiera implantar de forma unilateral un sistema voluntario de prestación de servicios mediante teletrabajo con acuerdos individuales con cada trabajador.



La empresa defendía que, a consecuencia de la pandemia de coronavirus, y debido a los riesgos para la salud de los trabajadores, era conveniente implantar, en función de las posibilidades de la actividad y el proyecto, una combinación de trabajo presencial y teletrabajo.